Requisitos para pedir un abogado de oficio
Las personas que no tienen recursos pero cuentan con los requisitos necesarios, pueden optar por un abogado de oficio, en este sentido, por este servicio no se tendrán que pagar los honorarios gracias a la asistencia jurídica gratuita.
Además, los requisitos que hay que cumplir son, precisamente económicos.
En este sentido se podría decir que el trámite se puede hacer por varias vías, una de ellas es hacerlo de manera presencial. El interesado debe rellenar la solicitud, que se puede obtener imprimiendo los anexos del Real Decreto 996/2003. Pero por otra parte, esta solicitud también se puede obtener en los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados, en las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita y en las dependencias judiciales.
Otra vía por la cual se puede solicitar abogado de oficio, es de forma telemática, a través del portal web Justicia Gratuita desde donde se puede rellenar la solicitud o comprobar si tienes los requisitos necesarios.
En ambos casos, habrá que presentar la correspondiente documentación que acredite la insuficiencia de recursos, según lo indicado desde la web del Ministerio de Justicia.
Requisitos a cumplir para poder solicitar un abogado de oficio
De manera general La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita indica que tendrán derecho a un abogado de oficio todas aquellas personas que sean:
- Ciudadanos españoles.
- Ciudadanos nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
- Extranjeros que se encuentren en España con insuficiencia de recursos para el litigio.
- Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- Algunas personas jurídicas como ciertas Asociaciones de Utilidad Pública o Fundaciones.
Por otra parte, hay factores que dependen de los ingresos o capacidad económica del solicitante, es decir, el derecho a un abogado de oficio dependerá de la cuantía del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en el momento de la solicitud. en este sentido, para el año 2021, el IPREM mensual se estableció en 564,90 euros.
De tal modo que, tendrán derecho a un abogado de oficio las personas físicas que cuenten con un ingresos brutos que no superen:
- Dos veces el IPREM para personas no integradas en unidad familiar.
- Dos veces y media el IPREM para personas integradas en alguna unidad familiar con más de cuatro miembros.
- Tres veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más miembros.
- En el año 2021, el IPREM mensual se estableció en 564,90 euros.
Documentación mínima necesaria para la solicitud de un abogado de oficio
No toda la documentación de la siguiente lista es obligatoria, ya que depende de cada caso, pero es una lista aproximada de los requisitos que generalmente se necesitan:
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante.
- Certificado de liquidación de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre el Patrimonio (de toda la unidad familiar).
- Fotocopia de la declaración de utilidad publica o de la inscripción en el Registro de Fundaciones (en el caso de personas jurídicas).
- Certificado de liquidación del Impuesto sobre Sociedades (en el caso de personas jurídicas).
- Fotocopia del permiso de circulación o certificado de la Jefatura Provincial de Trafico (sólo en caso de delitos contra la seguridad del trafico).
- Certificado de signos externos del Ayuntamiento donde radica el domicilio.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de empadronamiento.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual o copia del recibo del pago mensual.
- Certificado de empresa de conceptos salariales.
- Fotocopias de títulos de propiedad de bienes inmuebles. Certificado de valores.
- Certificado del Instituto Nacional de Empleo (INEM) del periodo de desempleo y percepción de subsidios.
Plazo de asignación del abogado de oficio
Por otra parte, la lista de requisitos depende de los siguientes factores determinantes, los cuales orientan en cuanto al plazo previsible para obtener el asesoramiento de abogado de oficio, es decir, dependerá de:
- El retraso que tenga la asignación.
- Del Colegio de Abogados en concreto, es decir la localidad a la que corresponda (Madrid, Alcalá, Valencia, Barcelona, entre otros).
- El turno en el que se solicite el abogado de oficio, por lo que puede existir mayor demora en turno de oficio, bien sea por materia como por territorio.
- La agilidad y disponibilidad que tenga del abogado asignado.
- Normalmente el asesoramiento de abogado de oficio se tiene en un plazo aproximado de 2 a 3 meses desde la petición inicial.
Sugerencias: