La proliferación de drones para uso particular en España ha escalado durante los últimos años a un ritmo abrumadora. Ya se apara uso profesional o recreativos, la expansión en su uso hace necesario que la legislación vigente dicte la normativa necesaria para su uso.
En el presente artículo haremos un repaso de las normativas del uso de drones en España, estableciendo los distintos vuelos que se pueden realizar con estas aeronaves en el país.
¿Cuál es la normativa de drones actualmente vigente en España?
La normativa europea de UAS/drones, que se aplican desde el 31 de diciembre de 2020, refiere a la regulación de todos los drones en los países miembros de la comunidad europea con independencia tanto en su objetivo de uso, peso, así como al tamaño o dimensiones de los mismos. Para conocer a profundidad esta normativa se puede visitar la web oficial de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
¿Es necesario contar con una licencia para usar un dron?
Sí, en efecto, el poseer una licencia es requisito para su uso. Es importante que todo profesional que haga uso de drones para cualquier tipo de actividad cuente con su correspondiente licencia de drones.
¿Es necesario hacer el registro de mi dron?
Con la normativa antes citada ya en pleno uso, se hace necesario que todo aquel que posea y haga uso de un dron, sin importar el fin de uso, debe hacer el correspondiente registro en AESA. Al cumplir con este registro, el propietario/usuario obtiene su número de registro único, este deberá quedar plasmado en el dron. Además, en caso de la exigencia por el tipo de dron lo solicite, este número de registro será cargado en el sistema de identificación a distancia.
Es importante señalar que el registro en AESA no será necesario cuando el dron utilizado tenga un peso de menos de 250 gramos y que el mismo no porte una cámara.
Normativas para los drones de uso recreativo
Para aquellos drones cuya finalidad es de tipo recreativa, la normativa establece que en este caso particular solamente es necesario posee los conocimientos básicos para pilotar la nave de la forma más segura posible.
Esta facultad puede obtenerse con una habilitación en una ATO aprobada por AESA, esto por citar un ejemplo. No debe olvidarse que un dron se considera de uso recreativo cuando cuenta con peso máximo de 2 kg.
Para aquellas aeronaves con un peso mayor (entre 251 gr y 2 kg) sí existen algunos requisitos que buscan, especialmente, el cumplimiento del derecho al honor y la intimidad de terceras personas. Además de cumplir con lo establecido en la Ley de Protección de Datos.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para usar drones recreativos en España?
Los requisitos para pilotar drones de forma recreativa en España son:
- Se exige al piloto que el dron siempre dentro del alcance de su vista.
- Se prohíbe superar los 120 metros de altura en vuelo de la aeronave.
- Es importante que el dron esté siempre a una distancia mínima de 8 kilómetros de aeropuertos, aeródromos o cualquier espacio aéreo controlado, todo por medidas de seguridad.
- Se debe colocar en el dron una placa identificativa ignífuga en su estructura. Aquí deberá llevar sus datos de identificación: modelo, número de serie (en caso de que corresponda), fabricante datos de contacto del piloto, entre otros.
- Se exigirá que se respete el derecho a la intimidad de todo aquel que aparezca en las imágenes grabadas por el el dron, para así no incumplir la Ley de Protección de Datos con su divulgación pública y sin autorización.
Se recomienda, aunque no es obligatorio, contratar un seguro de responsabilidad civil, ya que este resulta de mucha conveniencia para el propietario. Cuando no se posea alguno, el propio piloto deberá hacerse cargo de los daños que cause el dron en su tiempo de uso.
Sobre los drones de menos de 250 gramos
Para este tipo de aeronave, la normativa vigente suele ser menos rígida. Sin embargo también es necesario seguir una serie de pautas para este:
- Se permite el vuelo por zonas urbanas, edificios o aglomeraciones de personas, pero se exige que la altura máxima a pilotar sea de menos de 20 metros del suelo.
- Igualmente se prohíbe volar en un radio de 8 kilómetros en los alrededores de aeropuertos, aeródromos y otros espacios aéreos controlados.
- Si la aeronave posee cámara, debe cuidarse el no incumplir la Ley de Protección de Datos ni el derecho al honor e intimidad de las personas.
- Queda restringido el vuelo en zonas de conservación de fauna, parques nacionales, reservas de la biosfera y otros espacios naturales protegidos.
Sobre los vuelos de drones en zonas urbanas.
Aunque el vuelo de drones está permitido en zonas urbanas, es necesario respetar algunas normas:
- El peso máximo permitido es de 10 kg.
- El piloto debe cuidar tener su aeronave dentro de su alcance visual.
- Se requiere que la aeronave cuente con un sistema de amortiguación de caídas, por ejemplo un airbag.
- La autorización por AESA se hace obligatoria, cuando el vuelo se realice en una zona habitada.
Se recomienda, como medida de seguridad, que se acordone la zona en la que se pilote el dron. Además se aconseja que esté despejada de personas, al menos, a una distancia de 50 metros.
Sobre los vuelos nocturnos con drones
Cuando se trata de vuelos nocturnos con fines profesionales. Se hace necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Inicialmente contar con el respectivo permiso de AESA. La agencia deberá analizar las condiciones de la solicitud así como el patrón de vuelo que se estima realizar. Con esto se pretende hacer un estudio detallado para conocer la trayectoria segura y poder otorgar el permiso.
- Es importante que los colores del dron sean llamativos y que la unidad posea luces para que siempre sea posible identificar a simple vista su ubicación. Claro está, la iluminación debe ser la adecuada y original de fábrica.
- En relación al peso máximo permitido para el dron debe ser de 10 kilos.
Es importante tener presente que para volar un dron en el espacio aéreo controlado se debe poseer un título de radiofonista aeronáutico. Además se necesita acreditar el dominio del idioma en el que se realicen las comunicaciones correspondientes. Se requiere también presentar un informe de seguridad a AESA para obtener la debida autorización.
Vuelos superando el alcance visual del piloto (BVLOS)
Para aeronaves con MTOM de más de 2 kilogramos (masa máxima al despegue), pueden permitirse los los vuelos BVLOS, solo si el dron cuenta con sistemas para detección, para así evitar a otros usuarios en el espacio aéreo mientras se realiza el vuelo. Se pide, igualmente, que el dron cuente con una cámara hacia delante.
La altura de 120 metros es la máxima a la que puede volar el dron, esto sobre objetos más altos en un radio de 150 metros alrededor. Para esto también será necesario contar con la autorización de AESA.
Sobre los vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS)
Para que se autoricen este tipo de vuelos serán requisitos indispensables:
- Contacto visual con la aeronave pilotada en directo y continuo.
- Requerimiento de que el piloto y el observador estén en comunicación constante.
- Imprescindible que el observador visual acredite, como mínimo de forma teórica, los conocimientos para volar un dron de manera segura.
Preguntas frecuentes sobre la normativa de drones
Repasemos brevemente algunos puntos fundamentales y más habituales en relación al vuelo de drones en España.
¿Cuándo necesito pedir autorización a AESA para volar con mi dron?
Cuando se posea y vuele un dron de menos de 250 gramos de peso, que no posea cámara. Con esto en mente podrá hacerse el respectivo registro en AESA y obtener así un número de registro único que autorice el vuelo de la aeronave.
¿Hay que poner una placa identificativa a los drones?
Sí. La normativa vigente establece que, para los drones de uso profesional o recreativos es imprescindible el uso de una placa identificativa con el nombre de su propietario y los datos de contacto de este, además del fabricante, tipo y modelo de dron y que pueda evidenciarse con claridad su número de serie.
Toda esta información debe ser visible y clara. Se puede usar para esto una placa o sello de identificación.
Lugares de España para volar con drones
Puede pilotarse los drones en zonas no pobladas dentro del rango visual directo del piloto y durante el transcurso del día (no en horas nocturnas) sin hacer la debida gestión de perisología y, claro está cumpliendo los límites establecidos, que son:
- Pilotar a 500 metros de distancia.
- Mantener el dron a unos 400 pies de altitud.
En caso de otras dudas sobre los espacios en el territorio español para acceder a los vuelos con dron, se deberá consultar la web oficial de ENAIRE Drones (perteneciente al Ministerio de Fomento). En esta plataforma se puede conseguir infinidad de información para operar dornes de la forma más segura y para cualquier ámbito profesional o recreativa.
Existe para ENAIRE, una aplicación móvil. En esta podrás acceder a la información necesaria sobre límites de vuelo y, a la vez, indicar el tipo de dron que pilotarás y con qué fines.
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