¿Qué es la suplantación de identidad? Cómo prevenirla y cómo se castiga

La expansión del Internet, junto con las Redes Sociales, la abundancia de información que nos llega a través de estas y de las tecnologías de vanguardia en general, suman también algunos problemas a los que todos estamos expuestos.

Los actos delictivos también se han apoderado de estas plataformas y tanto los piratas como personas comunes con malas intenciones, cuentan también con todas estas nuevas tecnologías para cometer violaciones de la ley y caer, igualmente, en la suplantación de identidad para lograr esto.  No es solamente con el uso de nuestro DNI, sino con toda esa información que vamos acumulando y dejando en nuestros navegadores, móviles y tabletas, donde cualquiera puede hacerse pasar por nosotros para cometer estafas de diversas formas.

En el presente artículo te comentaremos los delitos más comunes que acompañan a la suplantación, como prevenir esta y las consecuencias penales para aquellos que las cometen.

 ¿Qué es la suplantación de identidad?

Un o de los principales problemas con la seguridad en internet está relacionado a la suplantación de identidad. La suplantación de identidad consiste básicamente en hacerse pasar por otra persona para obtener un beneficio de ello. Entre las razones para este acto delictivo está el querer operar algún tipo de fraude obteniendo los datos de manera ilegal de otra persona, el cyberbullying (ciberacoso) y el groomins (engaño pederasta)

Este sistema de estafas suele darse en las redes sociales (RRSS) donde los estafadores suelen crear perfiles falsos para interactuar con otros y acceder así a sus datos.  Aunque podría pensarse que esto solo le sucede a personalidades como celebridades o políticos, la realidad es que ser víctima de la suplantación es algo que nos puede ocurrir a todos aquellos que utilizamos a diario internet y las redes.

La ley española contempla la suplantación de identidad como un delito de estafa. Si esta es de menos de 400 euros, el castigo recibido por el perpetrador es de uno a tres meses de cárcel. Al superar la cifra de los 400 euros, se puede llegar hasta los tres años de cárcel en caso de encontrase culpable del delito.

En caso de que solamente se haya atentado contra el honor (levantar falsos testimonios por ejemplo) o revelado secretos de tipo personal de un individuo, las penas podrán variar entre multas de 12 a 24 meses o prisión de uno a cuatro años. Dependerá de qué tan grave se encuentre el delito.

Regulación del delito suplantación de identidad

Cometer el delito de suplantación de la identidad de otra persona, puede llegar a tener múltiples consecuencias legales, incluso de tipo penal. El delito de usurpación de identidad se contempla en el Código Penal de nuestro país, en el artículo 401 del título XVIII.

La ley no establece aun una normativa precisa de cómo actuar en caso de sufrir una estafa por motivos de usurpación de identidad. Así que por los momentos solo se imponen sanciones o penas particulares según cada caso.  Es decir, si al suplantar la identidad de otra persona se cometieran delitos como amenazas, estafas, levantar calumnias, entre otras, las penas serán establecidas, según el Código Penal, para cada delito que se presente.

¿Qué tipo de delitos pueden cometer con tu identidad suplantada?

Los estafadores que se apropian de tu identidad pueden llegan a perpetrar otras ofensas mayores, entre las más comunes y de las que debes cuidarte, están:

1.- Injurias o calumnias

En este tipo de ofensas el perpetrador busca desacreditar a una persona con miras a obtener o una satisfacción personal, venganza por ejemplo, o busca también extorsionar a la persona afectada con algún tipo de compensación económica, ya sea para sí mismo o para alguien que le esté pagando por ello.

2.- Estafas informáticas

Con casi toda nuestra información vaciada en la red, es un tipo dedelito que es cada vez más común.  Entre estas podemos encontrar:

Suplantación y robo de datos
Suplantación y robo de datos
  • Robo de contraseñas de nuestras cuentas bancarias y poder así acceder a las mismas y perpetrar un robo cibernético.
  • Falsificación de tarjetas de crédito (TDC), esto robando la identidad del tarjetahabiente, con el fin de realizar comprar o hacer otros cargos a la tarjeta de la víctima. Se han dado casos en que la información de la TDC ha sido usada para contraer deudas por compras de vehículos o hipotecas, adquirir líneas telefónicas a nombre del titular y generarle así deudas que lo incluyan en listas de morosos.
  • El acceso a perfiles del usuario sustrayendo datos de identidad, esto para divulgar imágenes privadas e incluso acceder a los contactos del usuario para solicitar información o ayuda económica de estos. Así, este hecho podría considerarse como delito de descubrimiento y revelación de secretos, sumado también el de dalos a soportes o redes informáticas.
  • La amenaza y extorsión por divulgación de fotos, números de cuentas o datos de empresas son otros de los delitos de los usurpadores de datos, especialmente cuando se exige, por parte del delincuente, una compensación económica.

3.- Terrorismo informático

En este apartado encontramos las siguientes:

  • Instalación de programas espías a fin de obtener datos personales, económicos o de otra índole. Suele a presentarse en el ámbito empresarial.
  • Investigación deshonesta de la competencia para acceder a fórmulas, producto industrial o patentes y venderlas a otras empresas.
  • Desprestigio a una marca comercial usurpando para esto la identidad de algún empleado de la misma.

4.-Pornografía infantil

Cuando se suplanta la identidad el usurpador puede buscar también extorsionar a un menor de edad con información y fotografías, amenazar incluso a los delincuentes sexuales de publicar sus datos o colaborar con las propias redes de trata de personas o de inmigración ilegal.  La ley española es muy severa en relación a esto y castiga, según su naturaleza y gravedad, como delitos sexuales.

5.- Sustracción del DNI

En caso de que seamos víctima de robo y perdamos nuestro DNI, estamos ante la posibilidad de que este sea usado para que suplanten nuestra identidad. Es muy factible que este sea usado con malas intenciones e incluso se contraigan deudas a nuestro nombre.

Ser víctima de algo así puede llegar a incluirte en listas de morosos como la de ASNEF, ocasionando, a quien ha sido objeto del robo, que pueda solicitar préstamos, desahucios o darse de alta en alguna compañía de servicios.

Por estas razones es importante que al extraviar tu DNI se haga la respectiva denuncia en la comisaría más cercana e informar igualmente al fichero DER (Documentación, extraviada o robada), esto último muy recomendable para que con la información a tiempo las autoridades puedan prevenir un fraude, al igual que empresas o compañías.

6.- Falsificación de la firma

Otra modalidad de suplantación que el Código Penal considera y que cataloga como falsificación documental. Al usarse para algún fin económico o causar perjuicio a la víctima, tendrá la debida consideración de delito.

Falsificación de firma
Falsificación de firma

7.- Fraudes con tarjetas de crédito

  • Fraudes con la tarjeta presente: aunque menos habituales, si suelen suceder que el usurpador usa un dispositivo para almacenar la información (TPV por ejemplo) y llega a usarla sin consentimiento del titular y con fines malintencionados.
  • Fraude con la tarjeta no presente: suelen ser los más comunes, y la mayoría de las veces son realizados a través de internet. Ejemplo de esto son los correos electrónicos o “phishing” (suplantación de identidad de una persona o empresa conocida o de confianza) que pueden llegarnos solicitando nuestros datos.

8.- Suplantación de identidad vía telefónica

Con esta táctica se busca que, a través de una llamada telefónica, la víctima contrate algún tipo de servicio y facilite sus datos personales (DNI, número de cuenta o domicilio) por esta vía.

9.- Suplantación de identidad vía SIM

El usurpador realiza el cambio de la tarjeta SIM de nuestro dispositivo móvil, robando con ello todos los datos almacenados en la misma.

Prevención en la suplantación de identidad

Es necesario tomar una serie de medidas para impedir que nuestros datos personales sean robados y así ser víctimas de la suplantación de identidad. Tomemos las siguientes como algunas medidas a tener en cuenta:

  • Evitar dejar copias del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identidad en manos de extraños.
  • Mantenerse informado respecto a los tipos de suplantación de identidad y posibles estafas comúnmente presentadas en internet.
  • Utilizar todos los métodos de seguridad en nuestros perfiles para que no sean vulnerables al acceso y robo de información
  • Acostumbrarse a crear contraseñas fuertes y que no contengan datos fáciles de conseguir, como fechas de cumpleaños, nombre o direcciones.
  • Renovar constantemente las contraseñas, especialmente si se duda que la misma sea segura.
  • No compartir imágenes o vídeos comprometedores que puedan ser usados para futuros chantajes.
  • Estar atento y leer toda política de privacidad, así como las condiciones de servicio de aquello a lo que queremos acceder.
  • Constatar que el sitio web de compra es seguro. Para esto es necesario revisar que la dirección web inicia con https:// y que aparezca la opción de candado cerrado del navegador.
  • Cuidar el móvil en lugares públicos
  • Evitar conectarse a redes públicas que no sientas confiables
  • No compartir o publicar datos personales, de cuentas y demás de forma abierta en la red.

Denunciar la suplantación de identidad

Realizar el proceso de denuncia cuando se es víctima de suplantación de identidad, no es siempre posible, ya que se debe demostrar que esta suplantación se hizo con fines delictivos, para perjudicar al suplantado o lucrarse con ello. Aun así, la víctima debe acudir a la Policía Nacional o Guardia Civil con pruebas del delito, ya sea imágenes, conversaciones, videos, entre otras.

Todo original del delito, extorsión y demás debe guardarse y es recomendable acudir a un notario para que dé fe de lo ocurrido. Otras agencias a las que también puede hacerse la denuncia son las autoridades de Consumo o a la Agencia Española de Protección de Datos.

Comunicarse con tiendas, empresas o compañías que puedan verse afectadas, también es una oportunidad de no dejar pasar el delito.

¿Puedo ser indemnizado si he sufrido una suplantación de identidad?

Mediante la vía civil, la víctima puede lograr algún tipo de indemnización si llegara a ser objeto de fraude o algún otro hecho delictivo por ser suplantada su identidad. El tipo y monto de indemnización variará según el grado de perjuicio.

Si se ha sido víctima de robo o extravío de una TDC hay que denunciar la desaparición de la misma. Realizado un juicio, la resolución judicial podrá presentarse a la entidad bancaria, de esta forma el usuario podrá recuperar la cantidad sustraída. En caso de que se nos haya incluido en la lista de morosos por el hecho delictivo, se tendrá que acudir a tribunales para resolver el asunto.

Toda indemnización será calculada en relación al perjuicio y daño moral causado.

Aclarando otras dudas

Seguridad contra suplantación de identidad
Seguridad contra la suplantación de identidad

Listamos algunas preguntas frecuentes relacionadas a la suplantación de identidad:

¿Qué hacer en caso de ser víctima de suplantación de identidad?

El proceso debe iniciar haciendo la respectiva denuncia, ya sea Policía Nacional o Guardia Civil, esto sin importar dónde, por qué medios o de qué tipo de suplantación se habla. En caso de robos de datos bancarios o TDC, se deberá acudir a la entidad y cancelar o bloquear estos productos financieros.

¿Cómo evitar caer en phishing?

Inicialmente estar informado; sospechando y siendo muy cauto con todo correo sospechoso que nos llegue.

¿Cómo evitar que me suplanten en una compañía telefónica?

Evitando que nuestros datos circulen sin supervisión y control. Esto debe tenerse en cuenta al divulgar información sensible como DNI, números de cuentas, entre otros. Las imágenes y fotografías también guardan información relevante, así que debe ser muy cuidadoso al momento de subirlas a las redes o compartirlas con otros.

La suplantación por Whatsaap y otras aplicaciones de este tipo

En caso de que los datos o imágenes de la víctima, sean usados para fines maliciosos o sacar ventaja económica de ellos, se estaría hablando de un delito contra la imagen propia. Esto está protegido en el artículo 18 de la Constitución Española.

¿Puedo evitar la suplantación en redes?

Ninguna red social nos pedirá, a través de un enlace, nuestro usuario y contraseña. La Medida que toman estas compañías pasa por un proceso que inicia invitándonos a acceder directamente en el perfil.

¿Cuál es la pena por suplantación de identidad en un test o examen?

El Código Penal recoge a esta como un delito de falsedad documental o usurpación de estado civil. La pena puede oscilar entre los seis meses al año de prisión, y una multa que puede llegar de seis a doce meses.

Diferencias entre suplantación de identidad y robo de identidad digital

La suplantación de identidad significa crear un perfil falso tomando la identidad de otra persona. El robo de identidad, a su vez, es la suplantación de identidad vía red con el fin de obtener acceso a redes, correos y demás datos.

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