Voto blanco, nulo, abstención y no votar. Definiciones y diferencias

Por increíble que parezca, el sistema electoral español, algo complejo de entender en muchos casos, es desconocido por muchos de los ciudadanos en relación a todo su desarrollo y funcionalidad. Esta es quizás la razón por la que en cada proceso se suceden, dentro del conteo, votos en blanco, votos nulos e incluso se presenta un particular porcentaje de abstención. En el siguiente artículo esperamos aclarar esto de la manera sencilla y entendible.

Sistema de votación en España

Todos los ciudadanos en edad de votar y que cumplan con los demás requisitos que establece la ley para participar en el proceso deberán inscribirse en el Censo Electoral y, a través de una carta o por el portal de internet, podrán conocer la Sección y la Mesa Electoral en la que le toque ejercer su derecho.

Ya en el proceso y sabiendo a quién se le dará el voto, el elector deberá rellenar la correspondiente papeleta que introducirá en el respectivo sobre y sellarlo bien. Llegado el día de las elecciones y ya en la Sección y Mesa del centro Electoral que se le haya asignado para depositar el sobre de manera individual y de uno en uno.  En nuestro país existe la posibilidad de que, en caso de no poder asistir al centro a votar de manera presencial, se puede hacer a través del correo, tanto para los residentes como para los españoles que viven en otros países.

En el proceso se nos pedirá presentar nuestro DNI, u otro documento de identificación como pasaporte o permiso de conducir. A los extranjeros se les exigirá presentar su tarjeta de residencia.  Cuando el voto se hace presencia, se puede esperar hasta el último tramo de la jornada para introducir la papeleta dentro del sobre, pudiendo hacerse incluso dentro de la cabina del centro para respetar mucho más la confidencialidad.  Así que en caso de querer evitar las aglomeraciones, puede acudirse al final de la tarde o ya cercana la hora del cierre de la jornada electoral.

Los representantes que encontraremos en cada mesa Electoral, estarán comprendidos por varios vocales, interventores y un presidente de Mesa.  Una vez se acuda a esta, el deber del presidente será indicarle a vocales o interventores el nombre del elector, para que se procesa a su búsqueda en la lista del Censo Electoral. Una vez confirmado, el presidente dará el visto bueno para introducir el sobre de votación dentro de la urna. El voto es único, no siendo posible votar más de una vez en la elección en curso.

Es posible que el elector solicite en la Mesa Electoral, un justificativo donde se acredita que asistió a ejercer su derecho a voto. También puede solicitarse el mismo ante la oficina de la Junta Electoral de su correspondiente zona.

Diferencias entre no votar, blanco y nulo
Diferencias entre no votar, blanco y nulo

¿Qué es el voto blanco?

Un voto blanco es aquel que sucede cuando se deposita en las urnas el sobre vacío o se entrega la respectiva papeleta para los candidatos del Senado sin realizar ningún tipo de  marcar o elección.

Cuando esto se presenta, la Ley Electoral cuenta el sobre como un voto válido pero no se adjudica a ninguna lista pero se suma al total de votos emitidos. La consecuencia de esto hace que el porcentaje mínimo (3%) aumente y esto perjudica es a los partidos más pequeños o de menor fuerza. A este sistema se le conoce como la Ley d’Hondt.

Un voto blanco, en definitiva, es una manifestación del elector hacia la clase política, donde a través de su ausencia de marca está comunicando que está descontento con estos, auque sí confía en el sistema electoral.

¿Qué es un voto nulo?

Hay varias formas en que se puede considerar que un voto es nulo. Entre ellas tenemos: la entrega de un sobre no oficial y también que se entregue el sobre pero con la papeleta electoral manipulada, es decir tachada, subrayada, pintada o que contenga algún mensaje, fotografía o propaganda, entre otras. Otra forma de considerar un voto nulo es cuando en el sobre existe más de una papeleta.

En caso de que se deposite un sobre con dos o papeletas pero de la misma candidatura, se computará esta como un solo voto válido, es decir se sumaría solo una de ellas. Ahora bien en el Senado también se considerará voto nulo cuando en una papeleta se señalen más nombres de candidatos que los que correspondan por circunscripción. El voto nulo no cuenta con el reparto de escaños, es decir ni beneficia ni perjudica a nadie.

Aunque puede darse el caso de que el alguien deposite un voto nulo por error o que no sea mal intencionado, la mayoría de los casos indican que este es más bien un acto consciente realizado por algunos ciudadanos descontentos con el sistema, es por ello que se le da el nombre de “voto gambero”.

Abstención o No votar.

Cuando se hace referencia a la  abstención, se quiere decir en términos electorales que no se ha emitido ningún voto, ni de manera presencial ni vía correo.  En otras palabras, el elector no ha ejercido su derecho al voto.

Como se presenta en el voto nulo, la abstención tampoco suma porcentaje, ya que no existe papeleta, lo cual no afectará los resultados. Contrariamente a las dos anteriores, el motivo de la abstención puede ser muy distinto al descontento, pudiendo ser incluso enfermedad, indiferencia u otros.

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