Cuando se hace mención al artículo 155 de la Constitución española se está haciendo referencia a uno de los más discutidos de los últimos años, esto como resultado de diversas situaciones políticas que han sucedido en España y que han dado pie a este debate. En el artículo 155 se especifica que el Gobierno puede aplicar las medidas que considere oportunas para controlar la acción de las Comunidad Autónomas y proteger así los intereses generales de los ciudadanos. En qué casos es aplicable este artículo, es lo que en las próximas líneas vamos a explorar en detalle.
Algo que es importante conocer respecto a las potestades de las Comunidades Autónomas es que aunque estas dispongan de autonomía para gobernar dentro del territorio que demarca su Estatuto de autonomía, las mismas deben atenerse y no incumplir las leyes que dicta el propio Gobierno, que obviamente están por encima de las de las Autónomas. Claro está que en algunos casos, se delegan competencias a las Comunidades, sin embargo esto será siempre dentro de un marco preestablecido por el Gobierno central.
Algo que debe destacarse es que el artículo 155 está regulado en la Constitución española, en el Título 8 que señala en «De la organización territorial del Estado», capítulo 3: «De las comunidades autónomas».
¿Qué establece el artículo 155?
Constitución Española. Título VIII , «De la Organización Territorial del Estado». Capítulo 3, «De las Comunidades Autónomas»:
- “Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”.
- “Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas”.
De estas podemos extraer lo siguiente:
En caso de que una Comunidad Autónoma no llegara a cumplir con las obligaciones que determina la propia Constitución y las leyes, o resulta en un actuación grave que afecte a los intereses generales de España, el Gobierno, previa solicitud al Presidente de la Comunidad Autónoma o en caso de no atención, mediante la aprobación de la mayoría absoluta del Senado, adoptará las medidas que considere necesarias para forzar a la Comunidad Autónoma a que cumpliera con lo establecido o para la protección de los intereses generales.
Seguidamente en el apartado 2 de este mismo artículo, se menciona que para la ejecución de las medidas del apartado anterior, el Gobierno central podrá girar las instrucciones respectivas a las autoridades de las Comunidades Autónomas. Es aquí donde surge la discusión, porque algunas personas consideran que, al aplicar lo que se señala en en este artículo, el 155, se estará dando el primer paso para una posterior aplicación de alguno de los estados de excepción o sitio que marca la Constitución.