Para las pensiones 2021, los nuevos Presupuestos Generales del Estado recogen una revalorización de 0,9%. El Consejo de Ministros aprobó el aumento de las pensiones el pasado 26 de enero de este año.
Si te interesa conocer cómo quedan las pensiones máximas y mínimas en España tras esta subida, sigue leyendo y podrás consulta esto y muchas otras cosas interesantes.
Pensiones contributivas máximas y mínimas
Para la pensión máxima contributiva de la Seguridad Social está se ha fijado en 2.707,49 euros para el año 2021, esto tras el incremento del 0,9%, sin perjuicio de las pagas extraordinarias. Cuando se habla del cómputo anual, la pensión máxima contributiva tendría un tope de 37.904,86 euros.
Ahora bien, en relación a la pensión mínima contributiva a cobrar en 2021, esta irá en relación de la prestación en concreto de la que se trate, igualmente tendrá relación a la edad del beneficiario de la misma, contando también si este posee cargas familiares o no. Sin embargo, tras la revalorización, el importe mínimo de la pensión contributiva en España para este año queda entre 850,99 y 645,25 euros.
¿Cómo se accede a la pensión contributiva máxima?
Algo importante a señalar es que, para poder cobrar la pensión contributiva máxima a los 65 años en 2021, se hace imprescindible contar con un tiempo de cotización de 37 años y 3 meses. En adición deben haber cumplido 66 años de edad y tener 36 años cotizados.
¿Cómo se calcula tu pensión contributiva?
Si se desea conocer cuál es la pensión contributiva que le corresponde a un individuo para este 2021 debe hacerse a través de la sede electrónica de la seguridad social. De forma manual también es posible. Ahora bien, para aquellos que se jubilan a la edad ordinaria pero eres trabajador a tiempo completo, será necesario seguir los siguientes pasos.
Se deberá realizar el siguiente cálculo: multiplicar la base de cotización (que viene en la nómina) por 288 (que es el número de meses de los 24 años que se contabilizan en 2021), y seguidamente dividir la cantidad resultante por 336 (esos mismos meses más los dos años que corresponden a las pagas extraordinarias).
(Base de cotización x 288) / 336
Para calcular las bases de cotización que correspondan a los 24 meses anteriores al mes anterior al de la fecha de jubilación deberá tomarse su valor nominal, con esto es importante señalar que no se tendrá en cuenta la variación de precios. Por otra parte, las bases de los 22 años anteriores a esos 24 meses se actualizan en función del IPC.
Pensiones por incapacidad permanente máximas y mínimas
Referirse a la pensión por incapacidad permanente es hablar de aquella que recibe un empleado en compensación a su falta de ingresos, esto como consecuencia de una enfermedad o accidente que le impide desarrollar plenamente su profesión.
Pensión mínima por incapacidad permanente
En relación a las pensiones por incapacidad permanente, para este 2021 las cuantías mínimas que se establecen son las siguientes:
Gran invalidez
Para esta, la pensión mínima se fija de la siguiente manera:
- 1034,52 euros si no se tiene cónyuge.
- 1276,48 euros para pensionistas que tengan cónyuge a cargo.
- 981,85 euros si se tiene cónyuge pero no a cargo.
Incapacidad absoluta o total con 65 años de edad.
En este aspecto se implantan las siguientes cantidades mínimas:
- 689,65 euros en los casos en los que no se tiene cónyuge.
- 850,99 euros para pensionistas con cónyuge a cargo.
- 654,53 euros si se tiene cónyuge no a cargo.
Incapacidad total con entre 60 y 64 años.
Para aquellos beneficiarios de la pensión que les corresponda incapacidad total que tengan entre 60 y 64 años, cobrarán un estimado de:
- 645,25 euros si no se tienen cónyuge.
- 797,81 euros si tienen cónyuge a cargo.
- 609,87 con cónyuge no a cargo.
Incapacidad total derivada por incapacidad común con menos de 60 años.
Para aquellos a los que les corresponda incapacidad en esta situación, les corresponderá recibir como mínimo las siguientes cantidades:
- 508,43 euros para aquellos con cónyuge a cargo o sin cónyuge.
- 503,99 euros para individuos con cónyuge no a cargo.
Pensión máxima por incapacidad permanente
Se determina que la cantidad máxima que se puede cobrar en 2021 en concepto de incapacidad permanente es de 2.707,49 euros al mes.
Sin embargo, se debe considerar que el importe máximo de la pensión por incapacidad permanente va a calcularse aplicando un porcentaje a la base reguladora, esto en función del cuál sea la causa de la incapacidad. Esto, por lo general, se trata del 55%.
Pensiones de viudedad máximas y mínimas
Para que se pueda cobrar en España la pensión por viudez o viudedad, dependerá de la situación en la que se encuentre la persona beneficiaria de la misma, y de su edad.
Se establece que la pensión máxima de viudedad que es posible cobrarse en 2021 es la máxima que se establece para cualquier pensión contributiva: 2.707,49 euros.
No obstante, llegar a ese tope no es sencillo, puesto que la pensión de viudez se calcula por lo general, aplicando el 52% de la base reguladora, y el 60% en ciertos casos. Así con todo el porcentaje quizás podría llegar a 70% en determinados casos:
- Si los rendimientos no superan los 18.539 euros al año.
- Cuando no se tiene otra fuente de ingresos.
- En caso de tener cargas familiares.
La pensión mínima de viudedad/viudez en 2021 ha quedado fijada en los siguientes montos y de la forma que a continuación se muestra:
- 797,81 euros mensuales para los casos de contar con cargas familiares.
- 689,65 euros al mes para aquellos mayores de 65 años, o para las personas con discapacidad de al menos el 65%.
- 645,25 euros mensuales para aquellos beneficiarios con edades comprendidas entre 60 y 64 años.
- 522,46 euros al mes para beneficiarios con edad menor a los 60 años.
Pensiones de orfandad máximas y mínimas
A partir de 2021 la pensión mínima de orfandad queda fijada en 210,7 euros, 1,8 euros más que para el año 2020. Aquí es necesario definir algunos puntos:
- Si el beneficiario es menor de 18 años, o posee una discapacidad que supere el 65%, el importe de la pensión será de 414,69 euros.
- Para aquellos casos de pensión de orfandad absoluta, queda establecido para esta una cantidad de 733,24 euros, en caso de que se trate de un único beneficiario.
Para realizar el cálculo de la pensión máxima de orfandad a cobrar en 2021, se debe calcular el 20% de la base reguladora del progenitor que ha fallecido. En caso de existir varios beneficiarios, la suma de las cantidades que corresponda a cada uno de ellos, no deberá superar el 20% de la base reguladora.
Así, cuando se aplica ese porcentaje, la pensión máxima de orfandad no podrá superar el tope de 2.707,49 euros.
Pensión en favor de familiares máximas y mínimas
Cuando se trate de los familiares convivientes y dependientes del fallecido, se establece la pensión mínima a favor de familiares en 210,78 euros, esto por cada beneficiario, establecido en 2021, tras la revalorización del 0,9%.
Para estos casos la pensión máxima que favorece a los familiares, se calculará como en el caso de la pensión de orfandad, esto es aplicando el 20% a la base reguladora del familiar fallecido.
En caso de que haya un cónyuge que haya sobrevivido a aquel, pero no existan hijos que tengan derecho a reclamar la pensión, el valor de la pensión en favor de familiares será aumentado hasta un 52%, esto corresponde a la viudedad, con un límite máximo del 100% de la base reguladora.
Nuevamente se establece, para este 2021, que la pensión máxima a favor de familiares no podrá superar el límite establecido de 2.707,49 euros al mes.
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