¿Qué es un Recurso Contencioso Administrativo?

Existe una amplia terminología dentro del ambiente jurídico que se presentan en nuestro día a día y que no estamos seguros de qué significan o cómo pueden ayudarnos o afectarnos. Dentro de este listado de términos tenemos el del Recurso Contencioso Administrativo. En este texto vamos a mostrarte un poco de qué va esto y cómo enfrentarlo cuando se presenta.

El Recurso Contencioso Administrativo.

El Recurso Contencioso Administrativo resulta ser un procedimiento jurídico que se interpone en contra de una disposición de carácter general o bien una acción concreta realizada por una entidad pública de cualquier tipo. Con esto queremos decir que gracias a los recursos contenciosos administrativos el interesado o afectado puede oponerse ya sea a la acción o decisión de este organismo oficial, sean estos de nivel estatal, autonómico o local.

En España el Recurso Contencioso Administrativo se encuentra regulado en el Título III, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa (arts. 25 al 42).

¿Qué es un Recurso Contencioso Administrativo?

¿Quiénes pueden recurrir al Recurso Contencioso Administrativo?

Pueden interponer un recurso contencioso administrativo todas aquellas personas físicas o jurídicas. También pueden recurrir a esto los sindicados y asociaciones, así como las corporaciones y entidades que puedan tener un interés sobre esto.

Por su parte la Administración del Estado también puede recurrir a esta, igualmente cada Comunidad Autónoma, entidades locales y otras de este tipo.  Así por ejemplo, si una administración de nivel local considera que una  acción realizada por otra es perjudicial para sus intereses generales o de su comunidad, podrá interponer el recurso.

Tipos de Recursos Contenciosos Administrativos

Existen tres tipos diferentes de recursos contencioso administrativos: ordinario, abreviado y el de protección de derechos fundamentales (especiales). Veamos muy breve cada uno:

Ordinario: regulado en los artículos 43 a 77 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Antes de la interposición del recurso contencioso. Previo a esto hay que agotar los recursos administrativos o bien formular las reclamaciones que procedan contra la inactividad administrativa, o su actuación material por vía de hecho.  Se presenta por escrito y se limitará a citar el comportamiento o actuación impugnada, solicitando que se tenga por interpuesto el recurso

Abreviado: regulado en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se aplica cuando los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, y los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo conozcan de la ejecución de actos firmes relativas al personal de las Administraciones, o de asuntos de extranjería e inadmisión de peticiones de asilo político. También  de dopaje en materias deportivas, entre otras. Este se puede presentar también de manera oral.

Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona: se presenta en los artículos 114 a 122 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y que limita su objeto a las violaciones de los Derechos Fundamentales.

Sugerencias: